miércoles, 18 de noviembre de 2015

REDACCIÓN DE HALLAZGOS DE AUDITORIA
Para desarrolla la capacidad de crítica (constructiva) y síntesis que debe ejecutar el auditor para formular debidamente los hallazgos se deben de cumplir con la matriz de componentes, de Condición, Criterio, Causa y Efecto

Nosotros como estudiantes de auditoria debemos de conocer y evaluar las diversas situaciones que se presentan, para desarrollar los hallazgos. Esto con la práctica y creatividad que realicemos día a día.
Si estos elementos, no son bien desarrollados por el auditor, aún menos estará en capacidad de preparar un buen informe de auditoría, donde tiene que extraer conclusiones y recomendaciones, para atender determinadas conductas o situaciones, que la Administración debe poner atención.

Es importante definir cada aspecto que debemos de tomar en cuenta para la redacción de un hallazgo de auditoría:

CONDICIÓN: Situaciones actuales encontradas. Lo que es, en términos del hecho irregular o deficiencia determinada por el auditor interno.

CRITERIO: Medidas o normas aplicables, es decir lo que debe ser, según la norma o estándar técnico-profesional, alcanzable en el contexto evaluado,

CAUSA: Razones de desviación, en cuanto a lo que se considera de por qué sucedió. En este punto hay que tener capacidad de diferenciar, la causa del efecto. Para definir este aspecto se requiere de la habilidad y juicio profesional del auditor

EFECTO: Importancia relativa del asunto, señalando el impacto entre lo que es y lo que debe ser, de ser posible en forma cuantitativa o cualitativa, con las eventuales consecuencias que se derivan del incumplimiento de los objetivos de control interno

Dentro la redacción de hallazgos de control interno, se mencionan las deficiencias o debilidades de la 
organización. Esto se cumple cuando no se ejecuta a totalidad la política, normas y procedimientos que constituyen la entidad.

OPINIÓN NEGATIVA

Se emite una opinión negativa cuando el efecto del desacuerdo es tan importante y penetrante en los estados financieros que el auditor concluye que una salvedad del tipo "excepto por" o "sujeto a" en su dictamen no es adecuada para revelar la naturaleza engañosa o incompleta de los estados financieros. La opinión negativa o adversa que implica que los estados financieros no representan en forma razonable la realidad económica de la empresa.

ABSTENCIÓN DE OPINIÓN

Significa que debido a una limitación significativa del alcance, los auditores se vieron imposibilitados para formarse una opinión de los estados financieros. Una abstención no constituye una opinión; simplemente establece que el auditor no expresa opinión alguna acerca de los estados financieros
Se emite una abstención o denegación de opinión cuando el posible efecto de una limitación al alcance o de una incertidumbre es tan significativo que el auditor no puede expresar una opinión sobre los estados financieros.
La abstención de opinión se origina cuando el auditor no ha podido obtener la evidencia suficiente y competente que le permita afirmar o negar que los estados financieros examinados representan razonablemente la situación financiera de la empresa. El auditor en otras palabras opina que no puede opinar sobre la realidad económica de la empresa por carencia de elementos de juicio.


ESTRUCTURA DEL INFORME DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL

Las normas para la comunicación de resultados se dividen en:
- Forma Escrita
- Contenido
- Discusión
- Oportunidad en la Entrega del Informe
- Aprobación y Presentación
- y Seguimiento del cumplimiento de las Recomendaciones

Los informes deben ser presentados de manera objetiva y clara, con suficiente información, que permita al usuario una adecuada interpretación de los resultados. Todo informe de auditoría del sector gubernamental debe incluir un resumen gerencial que debe contener un extracto que haga referencia a los hallazgos y recomendaciones más relevantes. El cumplimiento con la estructura y contenido que se especifican en el manual de auditoría, es importante para el buen entendimiento de lo que se quiere comunicar.

Opinión Limpia

La opinión favorable, limpia o sin salvedades significa que el auditor está de acuerdo, sin reservas, sobre la presentación y contenido de los estados financieros.
La opinión con salvedades (llamada también en la jerga de la auditoria como opinión calificada o cualificada), significa que el auditor está de acuerdo con los estados financieros, pero con ciertas reservas.
La opinión desfavorable u opinión adversa o negativa significa que el auditor está en desacuerdo con los estados financieros y afirma que éstos no presentan adecuadamente la realidad económico-financiera de la sociedad auditada.
Por último, la opinión denegada, o abstención de opinión

Opinión con Salvedades
También llamada calificada, con reservas o con excepciones.
Pueden originar una opinión con salvedades.
- Limitaciones al alcance
- Existe una limitación al alcance cuando el auditor no puede aplicar uno o varios procedimientos de auditoria.

Ante una limitación al alcance, el auditor debe decidir entre denegar la opinión o emitirla con salvedades, lo cual depende de la importancia de la limitación. Para ello hay que tener en consideración:
a) La naturaleza y significación del efecto potencial de los procedimientos omitidos, y
b) la importancia relativa de la cuenta o cuentas afectadas.

ARCHIVO PERMANENTE Y ARCHIVO CORRIENTE
ARCHIVO PERMANENTE
Expediente que pertenece a los auditores o firma de auditoría. Donde contiene toda la información de la constitución de una entidad determinada.
Legajo de papeles que detallan la naturaleza, funciones, aspectos legales, acuerdos, dirección, estructura, entre otros.
Es desarrollada, organizada, supervisada y archivada por personal estrictamente asignado de la auditoría. La información es modificada, y actualizada por los auditores y auditorías realizadas últimamente.

ARCHIVO CORRIENTE
Expediente de papeles de trabajo realizados durante la ejecución de auditoria. Estos son realizados por los auditores al momento de realizar el trabajo de campo de auditoria.
Tiene una duración de un año, y posterior al tiempo vencido es trasladado al expediente de archivo permanente.
En este legajo de papeles, se incluye todo documento de soporte que nos sirvió para encontrar los hallazgos, ya que esto nos servirá como evidencia. Dentro de estos papeles podemos mencionar: gráficos, cuestionarios, cédula narrativa, esquemas, cédula sumaria, cédula detallada, cédula analítica, estados de cuenta, entre otros.
LA SUPERVISIÓN EN EL PROCESO DE AUDITORIA

Supervisión que se realizara en base a presentación de hallazgos encontrados dentro de la auditoria. Estos hallazgos se mencionan en el informe final de auditoria y referente a ello, los mismos miembros de la auditoria son las personas encargadas para la inspección, seguimiento, control y cumplimiento de los hallazgos manifestados.

               
Esto con la finalidad de garantizar un efectivo proceso de mejora y calidad en la organización.
La supervisión es indispensable para la efectiva ejecución de cualquier examen y se ejerce en sentido vertical. Para efectos de la auditoría gubernamental se establecen para el proceso de la auditoría, los siguientes niveles


AUDITORIA DE UNA
MUNICIPALIDAD


En la República de Guatemala son instituciones autónomas reguladas conforme el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala.


Sus funciones son:
a) Elegir a sus propias autoridades;
b) Obtener y disponer de sus recursos; y
c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.

En base a la ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos, Decreto No. 89-2002 En el inciso a) del artículo 1, indica: quedan obligados a presentar a la Contraloría de Cuentas la declaración de todos sus bienes y deudas, todos los funcionarios y empleados de los organismos del Estado, municipalidades, instituciones autónomas, descentralizadas o de otra naturaleza. Establece los delitos por mal manejo, uso, robo y malversación de fondos públicos por parte de empleados y funcionarios públicos.

Para la ejecución de la auditoria es importante tomar en cuenta la integración del sistema presupuestario, de contabilidad integrada gubernamental, tesorería y crédito público; el Ministerio de Finanzas Públicas, como órgano rector, y todas las unidades que cumplan funciones de administración financiera en cada uno de los organismos y entes del sector público. Estas unidades serán responsables de velar por el cumplimiento de las políticas, normas y lineamientos que, en materia financiera, establezcan las autoridades competentes en el marco de esta ley.


martes, 17 de noviembre de 2015

AUDITORIA DE UNA ENTIDAD
DESCENTRALIZADA

Como toda auditoria a ejecutar, es un examen sistemático de los estados financieros, registros y transacciones relacionadas para determinar la adherencia a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, a las políticas de dirección o a los requerimientos establecidos”.

La importancia constituye en que es una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una entidad. Ayuda a una entidad a cumplir sus objetivos, aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgo y control.

Ningún auditor gubernamental tiene más facultades que le asigna la Ley, siendo responsable por su conducta oficial y de los resultados de sus atribuciones en materia de control gubernamental; será sancionado administrativamente de acuerdo a la gravedad o incidencia de la falta cometida, incluyendo la destitución, esto sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra en el ejercicio del cargo.